Economía

Sudeban anuncia requisitos para dar créditos a emprendedores

La ayuda puede ser desde los 100 hasta los 17 mil dólares.
viernes, 12 agosto 2022
Sudeban horarios
Archivo | Los emprededores deben cumplir con los requisitos exigidos

La Superintendencia de Instituciones del Sector Bancario (Sudeban) estableció, mediante circular, los requisitos que las entidades financieras deberán exigir a partir del día de hoy a las personas naturales con emprendimientos registrados.

Esto con el fin de otorgarles créditos con los que puedan impulsar sus negocios, para ello establecieron que la tasa aplicable a estos financiamientos será la vigente para la cartera de microcréditos, a la que se sumarán estas operaciones.

Hay dos tipos de financiamientos en función de sus montos, indica la circular.

El primero que va entre 100 veces el tipo de cambio de mayor valor ponderado por el Banco Central de Venezuela (BCV) y un máximo de 1.650 veces el tipo de cambio de mayor valor.

Luego viene otra escala que va entre 1.651 veces el tipo de cambio de mayor valor y un máximo de 16.550 veces la mayor paridad cambiaria ponderada por el BCV.

Entre los tipos de cambio que la autoridad monetaria publica diariamente, el mayor es el correspondiente al euro, de manera que el primer tramo iría entre 610 y 10.065 bolívares, mientras que el segundo se ubicaría entre 10.071,1 y 100.955 bolívares.

En divisas estadounidenses, el primer tramo de estos créditos para emprendedores oscilaría entre 103,4 y 1.705,9 dólares, al tiempo que el segundo se ubicaría entre 1.707 y 17.111 dólares.

Requisitos:

Los emprendedores habilitados para recibir ambas escalas de créditos deberán cumplir los siguientes requisitos:

– Copia cédula de identidad o Pasaporte vigente.

– Copia Registro de Información Fiscal (RlF).

– Certificado del Registro Nacional de Emprendimientos (RNE).

– Presupuesto del bien, mercadería, suministros o insumos; entre otros, a ser adquirido o que esté relacionado con el crédito solicitado.

– Última Declaración del Impuesto sobre la Renta (Islr), si declara.

– Planilla de solicitud del Crédito para Emprendedores.

– Evidencia fotográfica de las actividades a las que se dedica (en las aplicaciones de las Redes Sociales; tales como: Instagram, Twitter o Facebook).

– Estados de cuentas bancarias, de los últimos tres (3) meses de las cuentas que posea, de ser el caso.

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