Reembolso de boletos aéreos deberán hacerse en siete días
En Gaceta Oficial Nº 43.000, de fecha martes 5 de noviembre de 2024, fue publicada las condiciones generales del transporte aéreo en Venezuela.
En una de ellas se especifica que en caso de darse el reembolso de un boleto en máximo siete días hábiles.
Además, la finalidad es establecer las condiciones general del transporte aéreo relacionadas con los deberes y derechos de los pasajeros que contraten el servicio de transporte aéreo, así como los deberes, derechos y obligaciones de los explotadores del servicio de transporte aéreo de pasajeros, carga y correo en operaciones nacionales e internacionales, regulares y no regulares dentro, desde y hacia Venezuela y todo lo concerniente a la responsabilidad civil por los daños que afecten los intereses de los usuarios.
Toda persona que desee formalizar un contrato de transporte aéreo para su tránsito por vía aérea, deberá recurrir a los explotadores aéreos certificados por la Autoridad Aeronáutica para tal fin o a los agentes de viaje debidamente autorizados por éstos para comercializar boletos aéreos en su nombre y representación.
En cuanto al reembolso total del boleto aéreo, el pago deberá efectuarse en la misma moneda en que fue adquirido dicho pasaje, en un período que no excederá de 7 días hábiles.
“El reembolso se hará en efectivo, por transferencia bancaria o cheque, tomando en consideración para la determinación de dicho monto la parte o partes del viaje no efectuadas”, añadió el documento.
Es importante precisar que al momento en que el pasajero solicita el reembolso, el explotador aéreo deberá otorgarle un compromiso de pago por escrito, en papelería del explotador, con indicación expresa del monto acordado y la fecha en que se hará efectivo el pago.
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