Economía

Lo que debes saber del plazo para pagar el Islr

Explican que se mantiene lo dispuesto en la ley del Islr y que personas naturales pueden optar por fraccionar el pago hasta en tres partes.
martes, 05 marzo 2024
islr
Cortesía | Resalta que la extensión del plazo es un beneficio fiscal

Camilo London, asesor tributario, resalta que la extensión del plazo para declarar y pagar el Impuesto Sobre la Renta (Isrl) significa un beneficio fiscal.

“Porque en la medida en que se da un mayor plazo para la declaración y el pago del Impuesto Sobre la Renta, el contribuyente tiene más oportunidad para determinar el tributo y obtener los recursos necesarios para el pago del impuesto”, añade.

Señala que la prórroga va para la presentación de la declaración del Islr tanto de personas naturales como personas jurídicas que no califiquen como Sujetos Pasivos Especiales.

Ley del Islr

De acuerdo con el anuncio, menciona que se extiende el plazo hasta el 15 de mayo del 2024 de aquellos que tienen ejercicio fiscal con inicio el 1 de enero del 2023 y haya finalizado el 31 de diciembre del mismo año.

“Eso quiere decir que tiene condiciones específicas para el disfrute, para establecer quienes son los que pueden disfrutar de este beneficio fiscal”, comenta.

El docente en cátedra tributaria expone que se mantiene lo dispuesto en el reglamento de la Ley del Impuesto Sobre la Renta y que las personas naturales pueden optar por fraccionar el pago hasta en tres porciones.

“Serán pagadas a partir del 15 de mayo. La primera con un plazo máximo del 15 de mayo; luego veinte días continuos la siguiente; y luego de veinte días continuos más, la tercera porción”, explica.

 

Recomendaciones para los contribuyentes

London recuerda que, en caso de inquietudes sobre la declaración del impuesto, el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat) dispone de oficinas en diferentes zonas para atender las consultas de los contribuyentes.

“Lo más importante es no dejarlo para última hora, para evitar el congestionamiento del sistema. Recordemos que esta declaración se debe presentar a través de medios electrónicos, del portal fiscal del Seniat”, finaliza.

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