Economía

Explican impacto del aumento de la Unidad Tributaria

En la Gaceta Oficia se informó que pasó de 0,02 a 0,40 bolívares, lo que equivale a un incremento del 1.900 %.
domingo, 01 mayo 2022
Archivo | El aumento afecta a la hora de pagar el Islr

El abogado tributario, Raúl Gil Arias, dio a conocer a través de PRIMICIA el impacto que genera el aumento de la Unidad Tributaria (UT) que se dio esta semana.

Indicó que desde la entrada en vigencia el Código Orgánico Tributario (COT) de 2014 y modificado en el 2020, se eliminó la obligación de ajustar la UT conforme a la inflación previa aprobación del Poder Legislativo.

De acuerdo al COT vigente, el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera (Seniat) solo necesita la autorización del Poder Ejecutivo para ajustar la UT de manera subjetiva, sin estar obligada a tomar en cuenta la inflación, cuando lo considere.

“La Unidad Tributaria en estos momentos solo se usa para la determinación de los tributos nacionales, cuya recaudación y control sean de la competencia del Seniat, es decir Impuesto sobre la Renta (Islr) e Impuesto al Valor Agregado (IVA) entre otros. Excluyendo el uso de la UT en beneficios laborales, tasas o contribuciones a otros entes”, recalcó.

Aseguró que los ajustes, aunque no son tan representativos para la estructura de contribuyentes en Venezuela, sí representan un aumento del 1.900 % de la Unidad Tributaria, “nos afecta a todos los ciudadanos porque está relacionado con el Impuesto sobre la Renta, sobre todo para el que tiene que declarar y pagar dicho impuesto que en Venezuela está determinado en 1.000 UT, lo que implica el ciudadano que perciba 400 bolívares anuales, tendrá que declarar el Islr, para el periodo fiscal del año 2022”.

En Gaceta oficial se indicó que el nuevo monto es de Bs. 0,40.

¿Puede traer este aumento más inflación?

Gil Arias, considera que definitivamente no incidirá en la inflación, porque no afecta el costo de los bienes y servicios.

“Lo que sigue siendo es injusto, los ciudadanos son afectados al elaborar su declaración de Isrl al tener montos inmateriales por rebajar por concepto de rebajas personales y familiares, así como lo relacionado a la rebaja única de 774 UT que sigue siendo insignificante con respecto a la hiperinflación acumulada”.

Señaló que es necesario la implementación de políticas públicas en el ámbito económico y tributario de manera integral de tal manera que el ajuste de la UT surta un efecto ante las personas jurídicas representadas por las empresas y las personas naturales representadas en los trabajadores bajo relación de dependencias, profesionales y ciudadanos que son afectados directamente por las distorsiones que experimente la Unidad Tributaria.

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