Aumentan las tasas de salida tanto para vuelos nacionales como internacionales
A través de la publicación de la Gaceta Oficial 42.304 quedó oficializado el aumento de las tasas aeroportuarias o de salida del país.
Con este nuevo aumento del “Sistema de Tarifas e Incentivos para los Trámites y Servicios Prestados por los Administradores de Aeródromos y Aeropuertos, Públicos o Privados, ubicados en el Territorio Nacional de la República Bolivariana de Venezuela” se deroga la Resolución No. 038 del 2 de noviembre de 2020, publicada en la Gaceta Oficial No. 42.074 del 24 de febrero de 2021, apuntaron.
Con este ajuste la tasa para vuelos al exterior es del 150 % respecto a los costos anteriores. Todo quedó anclado al Petro y se calculará a la tasa que marque el día, de acuerdo con lo publicado or el Banco Central de Venezuela.
Según lo establecido, la tasa de salida de los aeropuertos del territorio nacional tendrá un costo de 0,09 petros ($ 5,4) por pasajero en vuelos nacionales.
En cuanto los vuelos internacionales, se pagará 0,70 petros ($ 42) saliendo de Maiquetía. Si el pasaje fue comprado en bolívares están entre 26 a 63 euros (lo equivalente a 29,7 y 72 dólares).
En caso de haber comprado el boleto con anterioridad, es posible que deba cancelar alguna diferencia, por lo que debe asegurarse con su agencia de viajes o consultar directamente en el terminal aéreo.
La resolución establece que los administradores de terminales aéreos podrán establecer incentivos tarifarios a las aerolíneas y demás prestadores de servicios, en función de estimular la actividad.
Igualmente, el artículo 26 de la resolución prevé que quedan exceptuados de pagar las tarifas aeroportuarias establecidas en la resolución, los siguientes usuarios:
– Pasajeros en tránsito.
– Pasajeros menores de 2 años de edad.
– Aeronaves propiedad del Estado venezolano.
– Aeronaves usadas en funciones de búsqueda y salvamento o aquellas que cumplan funciones relacionadas con alguna emergencia nacional.
– Aeronaves dedicadas a la ayuda humanitaria y a las misiones bolivarianas.
– Aeronaves dedicadas al adiestramiento con matrícula E
– Aeronaves dedicadas a actividades agrícolas con matrícula A.
– Aeronaves con matrícula extranjera que transportan a «los jefes de aquellos estados o gobiernos con los cuales exista reciprocidad real y efectiva».
– Aeronaves militares extranjeras no dedicadas al transporte aéreo remunerado y pertenecientes a Estados «con los cuales exista reciprocidad real y efectiva».
– Aeronaves que necesiten retornar a terminales aéreos nacionales por razón de emergencia debidamente declarada a los servicios de navegación aérea.
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