Así funciona el programa Exporta Fácil Postal
El servicio Exporta Fácil Postal ya se encuentra activo, tras la publicación en Gaceta Oficial y dieron a conocer cómo va a funcionar.
Este programa va dirigido a los productos provenientes de los emprendedores, del micro, pequeño y mediano empresario (Mipymes), actores de la economía popular, solidaria y artesanos del país.
Las personas naturales o jurídicas, emprendedores, micros, pequeñas y medianas empresas (Mipymes), actores de la economía popular, solidaria y artesanos del país, cuya actividad económica sea la exportación no petrolera, serán sujetos susceptibles de aplicación del Exporta Fácil Postal.
Cabe destaca que los productos exportables a través de este servicio serán de los siguientes servicios postales:
A) Clase 1. Explosivos: fuegos artificiales, petardos, municiones, pólvora, bengalas.
B) Clase 2. Gases comprimidos: Tanques de propano, tanques de buceo, aerosoles, gas butano, extintores de incendios.
C) Clase 3. Líquidos inflamables: encendedores, líquidos para encendedores, pinturas al óleo, barnices para madera, esmaltes a base de disolventes, adhesivos, perfumes y lociones para después del afeitado, esmaltes, laca y gel de uñas.
D) Clase 4. Sustancias inflamables: Cerillas, carbones.
E) Clase 5. Sustancias comburentes: productos químicos para piscina, peróxido de hidrógeno, blanqueadores.
F) Clase 6. Sustancias tóxicas e infecciosas: Plaguicidas, productos químicos agrícolas, compuestos de mercurio, bacterias, virus.
G) Clase 7. Materiales: Desechos radiactivos, fuentes radiactivos, detectores de humo.
H) Clase 8. Corrosivos: Baterías de electrolito líquido, mercurio, ácido clorhídrico.
I) Clase 9. Mercancías peligrosas varias: Objetos magnetizados, hielo seco, baterías de litio.
Por su parte, los operadores postales deberán cumplir con los siguientes puntos:
1.- Habilitarse debidamente como operador postal mediante concesión otorgada por intermedio del Instituto Postal Telegráfico de Venezuela (Ipostel) para la prestación del servicio Exporta Fácil Postal.
2.- Cumplir y hacer cumplir las características y condiciones de embalaje, marcas y etiquetas, normado por los organismos nacionales e internacionales en lo que respecta a mercancías peligrosas.
3.- Garantizar el buen manejo y transporte de productos enviados y recibidos según las características y detalles declarados en los formularios y/o documentos sobre mercancías postales.
4.- Cumplir con las normas de seguridad de exportación vía postal.
5.- Informar de manera oportuna y correcta a los usuarios sobre las prohibiciones y restricciones de los productos considerados como mercancías ilícitas o peligrosas y de los cambios que en esta materia se genere.
6.- El operador postal deberá llevar un registro detallado de los envíos realizados, así como de la mercancía del exportador en cada despacho.
7.- Las demás normas relacionadas al servicio postal aplicables al Exporta Fácil Postal.
Igualmente, en la resolución publicada en Gaceta Oficial quedaron especificadas las obligaciones del exportador, las cuales son:
1.- Registrar a través de la Ventanilla Única de Comercio Exterior (Vuce), la mercancía objeto operación de Exporta Fácil Postal.
2.- Cumplir con las condiciones de peso y valor del servicio.
3.- Declarar correctamente el contenido del envío postal.
4.- Presentar los documentos que el operador postal requiera para la exportación de mercancía vía postal.
5.- Las demás que se dispongan para efectos de este servicio.
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