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Tokio 2020: Despojan a Reino Unido de la medalla de plata en 4×100 por dopaje

La división antidopaje del TAS acordó que Ujah cometió una infracción de las normativas en virtud del artículo 2.1 del reglamento de este apartado del COI.
viernes, 18 febrero 2022
Cortesía | Tras disputarse la final de 4x100 Ujah se sometió a un control antidopaje

Gran Bretaña ha perdido la medalla de plata obtenida en el relevo masculino de 4×100 metros en los Juegos de Tokio 2020 por dopaje de Chijindu Ujah, según decisión del Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS) anunciada este viernes.

El cuarteto británico fue segundo en la capital japonesa con un crono de 37.51, tan solo superado por Italia (37.50). La plata pasa ahora a Canadá y el bronce a China.

La división antidopaje del TAS acordó que Ujah cometió una infracción de las normativas antidopaje en virtud del artículo 2.1 del reglamento de este apartado del COI, por lo que es sancionado con la pérdida de sus resultados en el relevo, cuya final se disputó el 6 de agosto, así como las medallas, diplomas, puntos y premios por el artículo 10.1.

Por lo tanto, el resultado del equipo masculino del relevo es anulado en virtud del artículo 11.3 del Reglamento Antidopaje del COI para los Juegos.

Además, el TAS pide a la Federación Internacional de Atletismo (World Athletics) que considere cualquier otra acción dentro de su propia jurisdicción según su propio reglamento, incluido cualquier periodo de inelegibilidad.

Según recuerda el tribunal, tras disputarse la final de 4×100 Ujah se sometió a un control antidopaje, cuyo análisis arrojó un resultado adverso para las sustancias prohibidas enobosarm (ostarina) y S23, “moduladores selectivos de los receptores de andrógenos (Sarms), que están prohibidos por la AMA”.

El 12 de agosto le fue notificado el positivo, en nombre del COI, al deportista, que fue suspendido provisionalmente por la Unidad de Integridad del Atletismo. El análisis de la muestra B, solicitado por el atleta, confirmó el positivo y el asunto llegó al TAS para que tomara una determinación.

“Tras un intercambio de escritos en el que el deportista no impugnó” el resultado, “sino que argumentó que no se había dopado consciente o intencionadamente, sugiriendo que el origen de las sustancias prohibidas podría haber sido la ingestión de un suplemento contaminado”, el árbitro único del TAS acordó la sanción al velocista británico.

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