Acusan a futbolista Hugo Mallo de abuso sexual
El Juzgado de lo Penal número 19 de Barcelona acogerá el próximo 11 de julio de 2024 –tras ser aplazada la citación inicialmente prevista para el 25 de mayo de 2023– el juicio oral mediante procedimiento abreviado por la causa que tiene como acusado a Hugo Mallo.
Al excapitán del Celta de Vigo y actual jugador del Internacional de Porto Alegre brasileño se le investiga por la presunta comisión de un delito de abuso sexual el miércoles 24 de abril de 2019, en el estadio de Cornellà-El Prat.
Según ha podido saber AS, tras meses de un una minuciosa investigación y después de contactar con ambas partes (la presunta víctima prefiere conservar el anonimato, por lo que se la citará en adelante como Ana), los hechos habrían sucedido ya sobre el césped y ante el público, durante el habitual saludo entre los jugadores de ambos equipos, con los del Espanyol en fila y los del Celta pasando ante ellos, con Mallo en primer lugar como capitán.
Al llegar a la posición de las mascotas, concretamente a la periquita al final de la fila, se habría producido el supuesto abuso, que se juzga como tal y no como agresión sexual porque se aplica el Código Penal vigente en el momento de los hechos.
“Cuando Hugo Mallo llegó a la altura de las mascotas, al periquito le dio mano como se hace habitualmente pero cuando llegó a la Sra. Ana, que en ese momento estaba haciendo el papel de la periquita, éste introdujo las manos bajo el disfraz y le hizo tocamientos en los pechos”, recoge la denuncia que, a las 15:23 del día siguiente, 25 de abril de 2019, efectuó la presunta víctima ante los Mossos d’Esquadra.
“Según la declarante, le cogió los pechos con las manos y comenzó a hacer movimientos”, se añade.
Tanto la abogada de la presunta víctima como la Fiscalía coinciden en solicitar para Mallo una pena de 24 meses de multa, a una cantidad diaria acorde al patrimonio del acusado, cuyo pago tendría como destinatario el Estado, en virtud del artículo 181.1 del Código Penal, que recoge castigos de entre uno y tres años de prisión o de 18 a 24 meses de sanción económica a quien “sin violencia o intimidación y sin que medie consentimiento, realizare actos que atenten contra la libertad o indemnidad sexual de otra persona”.
Admitida a trámite la denuncia, el caso recaló en primer lugar en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número 2 de Cornellà de Llobregat, localidad donde habrían sucedido los hechos.
Ana declaró el 27 de junio de 2019. También lo hizo en calidad de testigo la persona que trabajaba como periquito, quien describió el estado de nerviosismo de ella posterior a la escena y cómo le confesó lo presuntamente sucedido.
Se presentaron como prueba las imágenes en video que se habían podido recopilar del instante del presunto abuso, aportadas tanto por la defensa como por Mediapro y LaLiga.
Mallo, que fue citado el 10 de julio de 2019, aceptó declarar para defender su inocencia. Y negó la comisión de ningún delito.
Su versión ante el juez se basó en que saludó con normalidad tanto a los futbolistas como a las mascotas, cuyo género dijo desconocer, y en que estaba concentrado en un partido donde el Celta se jugaba el descenso, sin reparar en si la periquita había retrocedido en el momento de su saludo.
Añadió que en el video no se aprecia ningún movimiento anómalo por parte de él y que acto seguido se encaminó a realizar ejercicios. Y sostuvo que él era sabedor, lógicamente, de que el partido se emitía por televisión con público en directo y ante multitud de cámaras.
Apenas dos meses después, el 25 de septiembre de 2019, el susodicho Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número 2 de Cornellà acordaba el sobreseimiento provisional de la causa “por no quedar debidamente justificada la perpetración de delito de abuso sexual que se describía en la denuncia”.
“De las diligencias de la instrucción practicadas no ha resultado indicio alguno del que se desprenda la comisión de los hechos denunciados, más allá de la declaración de la denunciante”, especificaba.
La defensa de Mallo interpuso entonces un recurso solicitando el sobreseimiento libre, esto es, que se archivara y cerrara definitivamente la causa, al entender que los hechos denunciados no habían sucedido.
Pero fue desestimado, el 14 de noviembre de 2019, en una resolución donde se especificaba que “no resulta debidamente justificada la perpetración del delito denunciado, lo que no comporta el sobreseimiento libre, ya que la denunciante denuncia una situación que podría ser constitutiva de delito”.
Lo que sí se estimó fue el recurso de apelación interpuesto por la defensa de Ana a ese sobreseimiento provisional.
El 31 de mayo de 2021, la Sección Novena de la Audiencia Provincial de Barcelona revocó íntegramente el Auto del 25 de septiembre de 2019 del Juzgado de Cornellà, al entender que Ana “pone de manifiesto unos hechos que pueden ser constitutivos de delito de abuso sexual, sin que apreciemos en esta fase del procedimiento ningún tipo de ánimo espurio que invalide la versión de los hechos denunciados”.
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